El Ipecol y Ayuntamientos deberán garantizar el acceso a su información, aprueba Congreso

*Se deberán publicar los adeudos de entidades públicas patronales *Las comunas deberán hacer públicos sus planes o programas de desarrollo urbano.

(Colima, Col. 17 de agosto de 2021). Para garantizar que el Instituto de Pensiones del Estado de Colima atienda las disposiciones en materia de transparencia para la publicación de la información que genera, y para que los ayuntamientos den a conocer a través de sus portales informativos, sus planes o programas de desarrollo urbano, el Congreso local aprobó reformas en dichas materias.

Estas reformas fueron presentadas por la coordinadora de la fracción parlamentaria de Morena la diputada Claudia Aguirre Luna, quien, en la exposición de motivos, señaló que en la fracción IX del artículo 77 de la Ley de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima, se encuentra lo relativo a la relación de Entidades Públicas Patronales que tengan adeudos por concepto de aportaciones, cuotas y descuentos, a partir de la quincena inmediata siguiente al que éstos hayan sido exigibles, indicando el concepto, monto y número de quincenas que integran el adeudo.

Indicó que esa información, resulta de gran interés para la ciudadanía en general, pero en especial para los trabajadores pertenecientes a las Entidades Públicas Patronales, pues de esta forma pueden corroborar que los descuentos que les son realizados por estas entidades sean debidamente aplicados.

Sin embargo, señaló que el IPECOL ha sido omiso en cumplir esa obligación, a pesar de que desde enero del año 2020 se han hecho diversos exhortos y llamados para ello, “ha sido una reiterada pero silenciosa negativa a cumplir con lo señalado en la ley, se puede inferir que desde la Dirección General del IPECOL se busca proteger de la opinión pública y de posibles consecuencias legales al Gobierno del Estado que es uno de los principales deudores”.

Mencionó que con la reforma se busca solventar el vacío legal existente, pues actualmente la referida obligación no se encuentra vinculada a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima, lo que dificulta su vigilancia por parte del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima.

De acuerdo con las reformas, el Instituto de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima deberá hacer pública en internet: la información financiera y presupuestaria que mensualmente apruebe el Consejo Directivo; las resoluciones que acuerde el Consejo Directivo, en materia de otorgamiento de pensiones; la relación de pensiones otorgadas, denegadas, suspendidas, modificadas, revocadas y terminadas; el otorgamiento, control y recuperación de los préstamos en los términos de la Ley de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima.

La legisladora incluyó también; las convocatorias a sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo; las resoluciones que acuerde el Consejo Directivo y que tengan repercusión en el fondo de Cuentas Institucionales; los resultados de auditorías externas que se practiquen al Instituto; los resultados de las valuaciones actuariales del sistema de pensiones de acuerdo con la periodicidad con que estos hayan sido elaborados; la relación de Entidades Públicas Patronales que tengan adeudos por concepto de aportaciones, cuotas y descuentos, a partir de la quincena inmediata siguiente al que éstos hayan sido exigibles, indicando el concepto, monto y número de quincenas que integran el adeudo; la transmisión de las sesiones del Consejo Directivo en vivo a través de su página oficial, almacenando en la misma, las videograbaciones que se susciten de la sesión para que puedan ser consultadas por los interesados; salvo los casos de excepción previstos en la Ley y cualquier otra que a juicio del Consejo Directivo deba de ser publicada en beneficio de los afiliados y pensionados.

Aguirre Luna, también detalló que se considera pertinente establecer como una obligación de los municipios el evaluar y revisar sus planes o programas municipales de desarrollo urbano cada 3 años y además en atención a la publicidad y difusión que deben tener estos instrumentos de desarrollo urbano, se propone reformar la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima para que dicha información sea incluida en el portal de transparencia de los municipios, con lo cual se facilitará su acceso por parte de los ciudadanos.

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